A partir de la Edad Moderna, el individuo aparece como la
clave del orden social y político. Por tanto, la idea de un contrato o pacto
entre todos los miembros de la sociedad, en su condición de libres e iguales,
se convierte en el modelo de justificación política más utilizado. El contrato
social básico es imaginario, hipotético, no puede haber existido en la
realidad; damos por supuesto que las normas y leyes de la sociedad funcionan
como si ese contrato hubiese sido firmado.
La teoría del pacto social describe una situación inicial, un estado de naturaleza, para a partir de ahí explicar la necesidad del Estado. No se trata, pues, de explicar el origen histórico de un determinado orden social, sino más bien de aportar razones que justifiquen su posible aceptación por parte de todos los implicados. Fuente: Material de trabajo proporcionado.
La teoría del pacto social describe una situación inicial, un estado de naturaleza, para a partir de ahí explicar la necesidad del Estado. No se trata, pues, de explicar el origen histórico de un determinado orden social, sino más bien de aportar razones que justifiquen su posible aceptación por parte de todos los implicados. Fuente: Material de trabajo proporcionado.
En filosofía política, ciencia política y sociología, el contrato social es un acuerdo real o realizado en el
interior de un grupo por sus miembros, como por ejemplo el que se adquiere en
un Estado con
relación a sus derechos y deberes y los de sus ciudadanos. Se parte de la idea
de que todos los miembros del grupo están de acuerdo, por voluntad propia, con
el contrato social, en virtud de lo cual admiten la existencia de una
autoridad, de unas normas morales y de unas leyes a las que se someten. El
pacto social es una hipótesis explicativa de la autoridad política y del orden
social.
El contrato social, como teoría política,
explica, entre otras cosas, el origen y el propósito del Estado y de los
derechos humanos. La esencia de la teoría (cuya formulación más conocida es la
propuesta por Jean-Jacques Rousseau) es
la siguiente: para vivir en sociedad, los seres humanos acuerdan un contrato
social implícito que les otorga ciertos derechos a cambio de abandonar la
libertad de la que dispondrían en estado de naturaleza. Siendo así, los
derechos y los deberes de los individuos constituyen las cláusulas del contrato
social, en tanto que el Estado es la entidad creada para hacer cumplir el
contrato. Del mismo modo, los seres humanos pueden cambiar los términos del
contrato si así lo desean; los derechos y los deberes no son inmutables o naturales. Por otro lado, un mayor número de derechos implica
mayores deberes, y menos derechos, menos deberes. Fuente: https://es.wikipedia.org/wiki/Contrato_social